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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238971
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 26, Tercera Parte; Pág. 13
AGRARIO. AUTORIDADES EJIDALES. ORDEN DE REPOSICION DE SU ELECCION. GARANTIA DE AUDIENCIA PARA LOS INDIVIDUOS ELECTOS, AFECTADOS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 26, Tercera Parte; Pág. 13
Aunque es verdad que no por el solo hecho de su elección quedan investidos de autoridad los integrantes del comisariado ejidal de un poblado, para el ejercicio de sus cargos, puesto que corresponde a las autoridades agrarias hacer la calificación correspondiente de acuerdo con las facultades que les confiere el artículo 6o., fracción X, del Reglamento Interior del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, debe reconocerse que la elección celebrada por la asamblea general de ejidatarios, genera derechos a favor de los individuos electos, de los que no pueden ser privados sino por las causas específicamente determinadas en la ley que rige la materia y cumpliendo con la garantía de previa audiencia, motivo por el que, cuando consideran dichas autoridades agrarias que es necesario reponer el procedimiento electivo, deben actuar ordenando comunicar a los interesados las razones que impiden la aprobación del acto electivo a fin de que puedan defenderse, respetando la citada garantía de audiencia que consagra el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión 4517/70. Comisariado Ejidal del Poblado "San Salvador de Huixcolotla", Municipio de su nombre, Puebla. 26 de febrero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 25, Tercera Parte, página 13, tesis de rubro "AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES DESCONOCIMIENTO DE SU ELECCION NO NOTIFICADO A LOS INTERESADOS.".