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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239004
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 24, Tercera Parte; Pág. 46

REVISION FISCAL ANTE LA SUPREMA CORTE, IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO PARA LA PROCEDENCIA DEL RECURSO. FUNDAMENTOS INEFICACES PARA JUSTIFICAR ESOS REQUISITOS.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 24, Tercera Parte; Pág. 46

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 11, página 92. Revisión fiscal 44/69. Domingo Peñaloza Delgado. 5 de noviembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 11, página 92. Revisión fiscal 45/69. Teófila Jiménez Espinosa. 10 de noviembre de 1969. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 11, página 92. Revisión fiscal 59/69. Jesús Reyes Martínez. 27 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 13, página 120. Revisión fiscal 64/69. Carlos Mondragón de la Garza. 22 de enero de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 21, página 44. Revisión fiscal 1/70. Ricardo Medina Otero. 24 de septiembre de 1970. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION FISCAL, FUNDAMENTOS INEFICACES PARA JUSTIFICAR LOS REQUISITOS DE IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA EN EL RECURSO DE.".
Registro digital (IUS): 239004