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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239029
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Tercera Parte; Pág. 31
INFORME JUSTIFICADO RECIBIDO DESPUES DE LA HORA SEÑALADA PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA. NO PROCEDE TOMARLO EN CUENTA AL SENTENCIAR.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Tercera Parte; Pág. 31
Cuando el informe justificado llega después de la hora señalada para la celebración de la audiencia de derecho, no debe ser tomado en cuenta, pues es en la audiencia en donde el Juez pronuncia su sentencia.
Precedentes
Amparo en revisión 1784/70. Ramón Celorio Valle. 1o. de octubre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 14, página 42. Amparo en revisión 5030/69. Ernestina Icaza de Contreras. 20 de febrero de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen LXXXIII, página 12. Amparo en revisión 1658/63. Armando Carrasco López. 7 de mayo de 1964. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Quinta Epoca:
Tomo XXXV, página 2245. Amparo en revisión 707/32. González Borja José y coagraviado. 20 de agosto de 1932. Cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen III, página 123, tesis de rubro "INFORME JUSTIFICADO RENDIDO INOPORTUNAMENTE.".
Volumen LX, página 70, tesis de rubro "INFORMES JUSTIFICADOS, RENDIDOS FUERA DEL TERMINO LEGAL.".
Volumen CXV, páginas 38, 47 y 48, tesis de rubros "INFORME JUSTIFICADO, ENTREGA TARDIA DEL. DIFERICION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL."; "INFORME JUSTIFICADO, ENTREGA TARDIA DEL. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO."; y, "INFORME JUSTIFICADO RENDIDO EXTEMPORANEAMENTE. ARTICULO 288 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.", respectivamente.
Notas:
En el Volumen 14, página 42, la tesis aparece bajo el rubro "INFORME JUSTIFICADO RECIBIDO CON POSTERIORIDAD A LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. EFECTOS."
En el Volumen LXXXIII, página 12, la tesis aparece bajo el rubro "INFORME JUSTIFICADO RENDIDO EXTEMPORANEAMENTE.".
En el Tomo XXXV, página 2245, la tesis aparece bajo el rubro "INFORME JUSTIFICADO.".