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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 21, Tercera Parte; Pág. 29
IMPROCEDENCIA, CAUSAL DE, CONSISTENTE EN LA EXISTENCIA DE JUICIO DE AMPARO ANTERIOR. AUTORIDADES RESPONSABLES, NO SE CONSIDERAN LAS MISMAS POR FUNCIONAR EN LA MISMA MATERIA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 21, Tercera Parte; Pág. 29
No es exacto que las autoridades señaladas en dos juicios de amparo con el mismo acto reclamado sean las mismas porque unas y otras sean autoridades agrarias, si resulta que aun siendo autoridades que actúan en el mismo ramo, en cambio, no se trate de las mismas específicamente.
Precedentes
Amparo en revisión 1919/70. Hipólito Cigarroa Rodríguez y otra. 24 de septiembre de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.