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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239047
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Tercera Parte; Pág. 15
AGRARIO. CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD. NO LO CONSTITUYE LA ESCRITURA DE COMPRAVENTA DEL TERRENO QUE SE AFECTA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Tercera Parte; Pág. 15
Como se desprende del análisis del libro cuarto, título tercero, del Código Agrario, en relación con el reglamento de inafectabilidad agrícola y ganadera de 23 de septiembre de 1948, en que con toda claridad se establece lo que debe entenderse por certificado de inafectabilidad y cómo obtener la declaratoria correspondiente, es inaceptable que la escritura de compraventa del terreno cuya afectación se reclama, constituye el título de inafectabilidad que ampara el predio, de ser éste objeto de dotación agraria.
Precedentes
Amparo en revisión 1209/70. Roberto Ríos Avila y coagraviados. 31 de agosto de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.