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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239057
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Tercera Parte; Pág. 49

AGRARIO. RESOLUCION PRESIDENCIAL. EJECUCION INCORRECTA. EL AMPARO DEBE CONCEDERSE PARA EL EFECTO DE QUE SE OIGA LEGALMENTE AL QUEJOSO EN EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Tercera Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo en revisión 4445/69. Carlos Campillo Vega y coagraviados. 10 de agosto de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Registro digital (IUS): 239057