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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239059
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Tercera Parte; Pág. 53
AGRARIO. SUSPENSION DEL TRAMITE DE RECONOCIMIENTO Y TITULACION DE BIENES COMUNALES VIOLATORIA DE GARANTIAS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Tercera Parte; Pág. 53
Existiendo demora en relación a la debida expeditación del trámite del procedimiento agrario incoado sobre reconocimiento y titulación de bienes comunales, que impide la emisión de la resolución presidencial respectiva, que constituye el propósito esencial de la solicitud correspondiente, no sólo se comete violación al artículo 8o. de la Constitución Federal, sino que también debe estimarse que se viola, en perjuicio del núcleo de población quejoso, la garantía del artículo 14 constitucional, ya que priva a dicho núcleo de sus derechos a que se prosigan y expediten los trámites ulteriores del procedimiento agrario, para que pueda emitirse el fallo presidencial en el sentido de que legalmente proceda.
Precedentes
Amparo en revisión 5282/69. Comunidad Indígena de San Angel Zurumucapio, Michoacán. 5 de agosto de 1970. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 9, página 47, tesis de rubro "AGRARIO. SUSPENSION DE UN PROCEDIMIENTO AGRARIO QUE ES VIOLATORIO DE GARANTIAS INDIVIDUALES.".
Volumen 13, página 40, tesis de rubro "AGRARIO. SEGUNDA INSTANCIA. SUSPENSION DEL TRAMITE QUE ES VIOLATORIA DE GARANTIAS.".