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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239063
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Tercera Parte; Pág. 69

REVISION FISCAL ANTE LA SUPREMA CORTE. IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO EN NEGOCIOS DE CUANTIA INDETERMINADA O MENOR DE $500,000.00. LAS RAZONES EN QUE SE FUNDAN DEBEN REFERIRSE AL NEGOCIO CONCRETO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Tercera Parte; Pág. 69

Precedentes

Revisión fiscal 81/69. Olivo Lara y Amorós, S.C. 20 de agosto de 1970. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Revisión fiscal 45/68. Fábrica de Hilados de Algodón San José, S.A. 13 de agosto de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 18, página 110. Revisión fiscal 19/69. Electricidad y Muebles, S.A. 4 de junio de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 13, página 98. Revisión fiscal 47/69. Litho Offset del Norte, S.A. 19 de enero de 1970. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 239063