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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239074
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 19, Tercera Parte; Pág. 29
CONTRATO COLECTIVO, REPRESENTACION EN, DE LAS PARTES INTERESADAS. SU APRECIACION.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 19, Tercera Parte; Pág. 29
Aunque en el clausulado del contrato colectivo de trabajo no aparezca que se haya demostrado la representación con que pactan las personas que lo realizan, no por ello se debe estimar que no tenían la calidad con que celebraron el contrato, con mayor razón si en autos existe prueba documental que establece claramente la personalidad con que se actuó al contratar.
Precedentes
Revisión fiscal 74/69. Electroconstructora, S.A. 2 de julio de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.