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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Tercera Parte; Pág. 63
AGRARIO. EXPROPIACION DE PEQUEÑA PROPIEDAD QUE NO DIMANA DE LA APLICACION DE LEYES, NO CONSTITUYE ASUNTO EN MATERIA AGRARIA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Tercera Parte; Pág. 63
El acto reclamado que se hace consistir en que se priva al quejoso de la propiedad y posesión de un lote de terreno, que no dimana de autoridades agrarias, no corresponde a materia específicamente agraria sino genéricamente administrativa, en virtud de que no emana de un procedimiento agrario propiamente dicho, sino de uno de carácter administrativo, como lo es el relativo al mejor aprovechamiento de nuevos sistemas de riego.
Precedentes
Amparo en revisión 1920/69. José de Jesús Lugo Castro. 11 de junio de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.