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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239115
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Tercera Parte; Pág. 181

REVISION FISCAL ANTE LA SUPREMA CORTE. IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO EN NEGOCIOS DE CUANTIA INDETERMINADA O MENOR DE $500,000.00. AL DETERMINARLAS NO SE ENTRA AL FONDO DEL NEGOCIO.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Tercera Parte; Pág. 181

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 11, página 87. Revisión fiscal 4/69. Hulera Automotriz, S.A. 10 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 11, página 87. Revisión fiscal 48/69. Central de Mercados, S.A. 19 de noviembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen 13, página 97. Revisión fiscal 64/69. Carlos Mondragón de la Garza. 22 de enero de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 14, página 56. Revisión fiscal 70/60. Central de Mercados, S.A. 20 de febrero de 1970. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 15, página 118. Revisión fiscal 53/69. Anderson Clayton and Company S.A. 4 de marzo de 1970. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Registro digital (IUS): 239115