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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239125
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 16, Tercera Parte; Pág. 58

IMPROCEDENCIA, CAUSAL DE, POR EXISTENCIA DE OTRO JUICIO DE AMPARO. SE REQUIERE DEMOSTRAR QUE SE REFIERE A LAS MISMAS AUTORIDADES RESPONSABLES E IDENTICOS ACTOS RECLAMADOS.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 16, Tercera Parte; Pág. 58

Precedentes

Amparo en revisión 5262/69. Frank Dyck Schroeder y coagraviados. 9 de abril de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 13, Tercera Parte, página 91, tesis de rubro "IMPROCEDENCIA, CAUSAL DE, POR EXISTENCIA DE OTRO JUICIO DE AMPARO. SE REQUIERE DEMOSTRAR QUE SE REFIERE A LAS MISMAS AUTORIDADES RESPONSABLES E IDENTICOS ACTOS RECLAMADOS.".
Registro digital (IUS): 239125