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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239132
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 15, Tercera Parte; Pág. 46

AGRARIO. FE DE ERRATAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. LAS AUTORIDADES AGRARIAS TIENEN FACULTAD PARA ORDENAR QUE SE PUBLIQUE RESPECTO DE RESOLUCION PRESIDENCIAL AGRARIA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 15, Tercera Parte; Pág. 46

Precedentes

Amparo en revisión 4973/68. Francisco M. Cárdenas y Hermanos, S. en N.C. y coagraviados. 11 de marzo de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Registro digital (IUS): 239132