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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 14, Tercera Parte; Pág. 16
AGRARIO. RECLAMACION. DESISTIMIENTO DE ESE RECURSO. ADEMAS DEL EXAMEN DE LA PERSONALIDAD Y AUTENTICIDAD DE LA PARTE QUE LO FORMULA, SE REQUIERE EL DE SI EL CASO NO CAE DENTRO DE ALGUNA PROHIBICION LEGAL.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 14, Tercera Parte; Pág. 16
En un negocio de naturaleza agraria se requiere examinar, para la aprobación del desistimiento, que en el caso se refiere al recurso de reclamación, además de la personalidad y autenticidad de la parte que la formula, si dicho desistimiento cae o no, dentro de la prohibición que sobre el particular establece la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales.
Precedentes
Reclamación en el amparo en revisión 4543/69. David Mérida Guzmán y otros. 6 de febrero de 1970. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.