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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239147
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 14, Tercera Parte; Pág. 38

FUNDAMENTACION Y MOTIVACION. PRUEBA. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 14, Tercera Parte; Pág. 38

Precedentes

Amparo en revisión 5030/69. Ernestina Icaza de Contreras. 20 de febrero de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen III, Tercera Parte, página 9, tesis de rubro "ACTO RECLAMADO, PRUEBA DEL (ABSTENCIONES).".
Registro digital (IUS): 239147