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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239156
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 14, Tercera Parte; Pág. 59
REVISION FISCAL ANTE LA SUPREMA CORTE. IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO EN NEGOCIOS DE CUANTIA INDETERMINADA O MENOR DE $500,000.00 NO LAS REUNE POR EL SOLO HECHO DE QUE SE TRATE DE RESOLVER UNA CUESTION DE ENTRONCAMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 14, Tercera Parte; Pág. 59
El argumento de la autoridad que interpone el recurso de revisión fiscal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación de que el asunto es importante y trascendente por que el Tribunal Fiscal sostiene la posibilidad de que un extraño pueda hacer la presentación de un hijo, atribuyéndole el carácter de legítimo respecto a determinado matrimonio, no sólo considerado el caso en sí mismo, sino por constituir un precedente nocivo para los intereses del Estado, no basta para justificar los requisitos de importancia y trascendencia para la procedencia del recurso, porque, contrariamente a lo que aduce la autoridad, lo resuelto por el Tribunal Fiscal tan sólo entraña la cuestión de saber si en el caso quedó o no demostrado conforme a derecho en el juicio fiscal, el entroncamiento de la actora con el de cujus, a fin de que goce de una pensión, lo cual no es una cuestión trascendente.
Precedentes
Revisión fiscal 23/68. Aida González Treviño. 23 de febrero de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CXXXVIII, Tercera Parte, página 59, tesis de rubro "REVISION FISCAL ANTE LA SUPREMA CORTE. IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO PARA LOS EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL RECURSO.".