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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 13, Tercera Parte; Pág. 19
AGRARIO. EXPLOTACION FORESTAL. TRANSCURSO DEL TERMINO PARA QUE FUE CONCEDIDA, DURANTE LA TRAMITACION DE AMPARO CONTRA LA ORDEN DE QUE SE SUSPENDA. NO CESA EL INTERES JURIDICO EN CASO DE QUE SE HAYA AUTORIZADO UN VOLUMEN DETERMINADO QUE NO SE HA EXTRAIDO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 13, Tercera Parte; Pág. 19
No basta que en el curso del juicio de amparo se hubiere cumplido el término por el que se concedió autorización de aprovechamiento de madera de un ejido, para que cesen los efectos del acto reclamado y se considere que esto priva al quejoso de interés jurídico en el amparo, si en la fecha del mandamiento de suspensión de tal explotación, emitido por la autoridad administrativa responsable, no se había extraído el volumen autorizado ni se había vencido el repetido término, ya que teniendo el amparo efectos restitutorios, el poblado quejoso tendría derecho a seguir usando de la autorización hasta completar el referido término.
Precedentes
Amparo en revisión 6686/68. Poblado de San Salvador Cuautenco, Milpa Alta, Distrito Federal. 5 de enero de 1970. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.