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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239192
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Tercera Parte; Pág. 77
REVISIONES FISCALES ANTE LA SUPREMA CORTE CON CUANTIA DE MAS DE $500,000.00. CASO EN QUE COMPETEN A LA SALA AUXILIAR.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Tercera Parte; Pág. 77
De lo que dispone el artículo 2o. transitorio del Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (Diario Oficial de la Federación de 30 de abril de 1968), se concluye que las revisiones fiscales en rezago existentes en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto de las cuales ésta conserve la competencia dentro del nuevo sistema, si fueron turnadas al Ministro relator antes del 27 de octubre de 1967, deben pasar a la Sala Auxiliar cuando su cuantía exceda de quinientos mil pesos, y que las menores de esa cuantía son, sin excepción, de la competencia del Tribunal Colegiado de Circuito respectivo.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 2, página 123. Revisión fiscal 368/66. Casas Modelo, S.A. 13 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen 6, página 89. Revisión fiscal 668/66. Ana Elena Algara de Del Hoyo. 18 de junio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen 9, página 53. Revisión fiscal 393/62. Equipos Superiores, S.A. 22 de septiembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen 9, página 53. Revisión fiscal 703/64. Distribuidora Atlántida, S.A. 22 de septiembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 9, página 53. Revisión fiscal 293/65. Fraccionamientos Populares, S.A. 22 de septiembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.