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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239210
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Tercera Parte; Pág. 18

AGRARIO. DESPOSEIMIENTO QUE PROVIENE DE MANDAMIENTO GUBERNAMENTAL DE EJECUCION SE TIENE POR CONSENTIDO SI NO SE RECLAMA OPORTUNAMENTE, AUN CUANDO SE DISPONGA DE CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Tercera Parte; Pág. 18

Precedentes

Amparo en revisión 2133/69. María Aida García Bordas. 27 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Amparo en revisión 2135/69. Alonso Balderrama García. 20 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 8, página 18. Amparo en revisión 2273/69. Arnulfo García Valenzuela. 27 de agosto de 1969. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 8, página 18. Amparo en revisión 1922/69. María Antonieta García Valenzuela. 13 de agosto de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Sexta Parte, Común, tesis 15, página 43, bajo el rubro "ACTOS DERIVADO DE ACTOS CONSENTIDOS.".
Registro digital (IUS): 239210