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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239211
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Tercera Parte; Pág. 20

AGRARIO. DIVISION DE EJIDOS. GARANTIA DE AUDIENCIA. APLICACION DEL ARTICULO 284 DEL CODIGO AGRARIO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Tercera Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo en revisión 1523/69. Comisariado Ejidal del Poblado "La Playa", Municipio de Manuel Doblado, Guanajuato. 17 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Fausta Moreno Flores. Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "DIVISION DE EJIDOS. GARANTIA DE AUDIENCIA. APLICACION DEL ARTICULO 284 DEL CODIGO AGRARIO.".
Registro digital (IUS): 239211