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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239217
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Tercera Parte; Pág. 29

AGRARIO. SUPLENCIA DE LA QUEJA. EL ACTO RECLAMADO DEBE ESTIMARSE COMO APARECE PROBADO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Tercera Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo en revisión 1752/69. Núcleo Guadalupe Victoria, Municipio de San Cristóbal Ecatepec, México. 10 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 239217