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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239238
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 8, Tercera Parte; Pág. 17

AGRARIO. DEMANDA DE AMPARO. TERMINO PARA SU INTERPOSICION. ADMISION DE SOLICITUD DE QUE SE SUSPENDA LA EJECUCION DEL ACTO RECLAMADO POR LA AUTORIDAD, QUE NO CONSTITUYE RECURSO RECONOCIDO POR LA LEY. NO CAMBIA LA FECHA INICIAL DEL COMPUTO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 8, Tercera Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 9032/68. Julián Aguilar Galindo. 18 de agosto de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 239238