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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239261
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 7, Tercera Parte; Pág. 28

AGRARIO. PRUEBA QUE CARECE DE EFECTOS PRACTICOS, NO RECIBIDA. NO AMERITA LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 7, Tercera Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo en revisión 6411/67. Jaime Medina Valencia y otros. 3 de julio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CXXXVI, Tercera Parte, página 65, tesis de rubro "REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. NO PROCEDE POR OMISION DE DILIGENCIAS QUE NO AFECTAN AL SENTIDO DEL FALLO.".
Registro digital (IUS): 239261