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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239274
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 6, Tercera Parte; Pág. 34
AGRARIO. MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES DE EJECUCION. AMPARO EN SU CONTRA. NO LO HACE PROCEDENTE LA FALTA DE NOTIFICACION DEL PROCEDIMIENTO A UN PROPIETARIO AFECTADO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 6, Tercera Parte; Pág. 34
No es obstáculo para decretar el sobreseimiento del juicio de garantías en que se señala un mandamiento gubernamental de ejecución en materia agraria como acto reclamado, el hecho de que el quejoso haya impugnado específicamente la falta de notificación personal del inicio del trámite agrario, puesto que siendo improcedente el juicio en contra del mandamiento gubernamental mismo, también lo es respecto de los actos de procedimiento, teniendo en cuenta, además, que el trámite agrario no ha concluido aún y que el quejoso no puede considerarse como tercero ajeno al procedimiento agrario, cuando en el mandamiento gubernamental se le señala expresamente como afectado por la ampliación solicitada por el núcleo de población tercero perjudicado.
Precedentes
Amparo en revisión 7890/68. Antonio Gutiérrez López. 12 de junio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.