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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239294
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 6, Tercera Parte; Pág. 127
REVISION EN AMPARO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, PENDIENTE AL ENTRAR EN VIGOR LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES DE 19 DE JUNIO DE 1967 (DIARIO OFICIAL DE 25 DE OCTUBRE DE 1967). INCOMPETENCIA EN ASUNTOS DE CUANTIA MENOR DE $500,000.00.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 6, Tercera Parte; Pág. 127
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación carece de competencia legal para conocer de la revisión interpuesta contra una sentencia dictada en juicio de amparo en materia administrativa, en el que se controvierta un asunto de cuantía determinada inferior a $500,000.00, radicado en este Alto Tribunal antes de las reformas constitucionales que principiaron a regir el 27 de octubre de 1968, ya que el conocimiento y resolución del negocio compete al correspondiente Tribunal Colegiado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, fracción VIII, último párrafo, de la Constitución Federal, 7o. bis, fracción III, inciso a), del capítulo III bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 4o. transitorio del relativo decreto de reformas constitucionales y 85, fracción II, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 1, página 140. Amparo en revisión 6215/68. Industria Farmacéutica Andrómaco, S.A. 17 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen 2, página 122. Amparo en revisión 5570/63. Banco Comercial Mexicano, S.A. y coagraviados. 14 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Secretario: Luis M. Aguilar Gómez.
Volumen 3, página 158. Amparo en revisión 4709/68. Asplec, S.A. y coagraviado. 13 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Secretario: Luis M. Aguilar Gómez.
Volumen 6, página 87. Amparo en revisión 6673/65. Compañía Minera Asarco, S.A. Unidad Santa Bárbara. 11 de junio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen 6, página 87. Amparo en revisión 80/69. Sindicato de Trabajadores de Planta Carrier. 11 de junio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona nombre del ponente.