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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239325
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 21

AGRARIO. ACTO RECLAMADO. CESACION DE SUS EFECTOS. SOBRESEIMIENTO. LO MOTIVA LA RESOLUCION DEFINITIVA QUE MODIFICA LA PROVISIONAL, DEJANDO SIN EFECTOS EL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo en revisión 9957/67. Fernando José Astiazarán Salazar. 20 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 239325