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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239334
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 95

AGRARIO. DIVISION DE EJIDOS. PARA SU LEGALIDAD NO ES REQUISITO INDISPENSABLE QUE LA SOLICITE EL NUCLEO PRINCIPAL DEL EJIDO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 95

Precedentes

Amparo en revisión 7588/68. Comisariado del Ejido de Susupuato, Municipio del mismo nombre, Michoacán. 26 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Registro digital (IUS): 239334