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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239335
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 96

AGRARIO. HEREDEROS DEL PROPIETARIO DE TIERRAS AFECTADAS CON DOTACION, QUE FUE NOTIFICADO Y EXPUSO SU OPINION AL RESPECTO. NO PUEDEN CONSIDERARSE TERCEROS EXTRAÑOS A ELLA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 96

Precedentes

Amparo en revisión 8105/68. Miguel Soto Contreras y coagraviados. 17 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 239335