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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239337
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 98
AGRARIO. MANDAMIENTO DE GOBERNADOR QUE EXCLUYE DE AFECTACION LOS TERRENOS POSEIDOS CONFORME AL ARTICULO 66 DEL CODIGO AGRARIO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 98
Si el propio mandamiento provisional, en sus puntos resolutivos, ordena respetar las posesiones a que se refiere el artículo 66 del Código Agrario que se encuentren dentro de los terrenos dotados, y la quejosa demostró hallarse en esas condiciones, debe congruentemente concluirse que dicho mandamiento no la afectó.
Precedentes
Amparo en revisión 6282/68. Luz Berthila Urias de García. 19 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Secretario: Felipe López Contreras.
Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "MANDAMIENTOS DE GOBERNADOR QUE EXCLUYE DE AFECTACION LOS TERRENOS POSEIDOS CONFORME AL ARTICULO 66 DEL CODIGO AGRARIO.".