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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239341
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 122

AGRARIO. RESOLUCION PRESIDENCIAL. NO PUEDE ASENTARSE QUE NO SE EJECUTO EN FORMA MATERIAL, SINO VIRTUAL, LA QUE CONFIRMA LA RESOLUCION PROVISIONAL, DEL GOBERNADOR DE UN ESTADO QUE YA HABIA SIDO EJECUTADA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 122

Precedentes

Amparo en revisión 9155/67. María Concepción Bravo y otra. 13 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 239341