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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239349
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 149

MULTA A PROMOVENTES DE AMPARO. PROCEDENCIA. SE REQUIERE DE LA EXISTENCIA DE ELEMENTOS DE CONVICCION PLENA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Tercera Parte; Pág. 149

Precedentes

Amparo en revisión 3644/68. Fernando Ancira Flores y otro. 10 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 239349