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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239378
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Tercera Parte; Pág. 137

LEYES DE AMPARO Y ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. REFORMAS Y ADICIONES DE 3 DE ENERO DE 1968 FECHA EN QUE ENTRARON EN VIGOR.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Tercera Parte; Pág. 137

Precedentes

Amparo en revisión 5844/67. Blas Velázquez y coagraviados. 10 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Secretario: Mariano Azuela Güitrón. Nota: En el Informe de 1969, página 129, la tesis aparece bajo el rubro "DECRETOS DE REFORMAS Y ADICIONES A LAS LEYES DE AMPARO Y ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. FECHA EN QUE ENTRARON EN VIGOR.". En el Informe de 1969, página 150, la tesis aparece bajo el rubro "REFORMAS Y ADICIONES DE 3 DE ENERO DE 1968 A LAS LEYES DE AMPARO Y ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION. FECHA EN QUE ENTRARON EN VIGOR.".
Registro digital (IUS): 239378