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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239381
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 9
ACCION PARA RECLAMAR HONORARIOS SUJETOS A UN PACTO DE QUOTA LITIS. NO PROCEDE SI ESTA PENDIENTE DE RESOLVERSE UN JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 9
En tanto que el quejoso celebró respecto de los honorarios un pacto de quota litis, o sea aquel en que se concede como honorarios una parte de lo que se obtenga en el litigio en caso de éxito y que existe pendiente de resolución un juicio de amparo promovido en contra de una sentencia de segunda instancia, es claro que la acción para reclamar el pago de honorarios por servicios profesionales no se origina aún.
Precedentes
Amparo directo 4104/86. José Mariano Martínez Martínez. 9 de enero de 1987. Cinco votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Jorge Trujillo Muñoz.