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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239385
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 12

ACCIONES AUTONOMAS DEDUCIDAS EN UN MISMO JUICIO. EL JUZGADOR DEBE EXAMINARLAS POR SEPARADO, SIN SUBORDINARLAS ENTRE SI.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 12

Precedentes

Amparo directo 670/86. Tex Print de México, S.A. Acabados Estrella, S.A. e Inmobiliaria Jacobo, S.A. 26 de enero de 1987. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno.
Registro digital (IUS): 239385