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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239391
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 16
ALEGATOS. NO FORMAN PARTE DE LA LITIS POR LO QUE NO EXISTE OBLIGACION DE DAR VISTA A LA CONTRAPARTE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 16
El escrito de alegatos del tercero perjudicado no forma parte de la litis por lo que el Juez de Distrito, no está obligado a dar vista con él a los peticionarios del amparo, puesto que la litis constitucional se forma en los conceptos de violación contenidos en la demanda, en relación con los fundamentos del acto reclamado y con lo aducido en el informe justificado.
Precedentes
Amparo en revisión 235/84. Concretos Apasco, S.A. 15 de mayo de 1987. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno.