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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239400
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 20
APELACION. ALCANCE DE LA REVISION FORZOSA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 20
Cuando se trata de una revisión forzosa el tribunal de alzada goza de la misma plenitud de jurisdicción que tuvo el Juez, sustituyéndose a él en todo, para examinar el juicio y la legalidad de la sentencia recaída, examen que no se constriñe sólo a ver si el inferior incurrió en alguna responsabilidad sino que debe extenderlo a todas las constancias de autos y resolver el fondo de las cuestiones que se plantearon en el juicio, tanto de hecho como de derecho.
Precedentes
Amparo directo 1167/86. Leopoldo Cruz Montt. 16 de febrero de 1987. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: María de Lourdes Delgado Granados.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volumen 18, página 86. Amparo directo 2818/67. Arnaldo Camarillo Caldelas. 19 de junio de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen CXXXV, página 27. Amparo directo 8323/67. Manuel de la Cruz Madrigal. 5 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Volumen CXXVII, Cuarta Parte, página 11. Amparo directo 6273/66. Ezequiel Morgado Flores. 24 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Volumen XXXVI, página 71. Amparo directo 5218/59. Manuel Saavedra Espinoza. 2 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José López Lira.
Nota:
En el Volumen XXXVI, página 71, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION FORZOSA, ALCANCE DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).".
En el Volumen 18, página 86, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION DE OFICIO.".