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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239406
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 23

APELACION. PUEDE EXAMINARSE EN ELLA LA EXCEPCION DE PRESCRIPCION NO OBSTANTE QUE EL DEMANDADO NO HAYA INTERPUESTO EL RECURSO (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 3847/85. Alberto Camacho Reyes. 9 de febrero de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro, en ausencia del Ministro Ernesto Díaz Infante. Secretario: Guillermo A. Hernández Segura.
Registro digital (IUS): 239406