Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/239410
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 25
APERTURA DE CREDITO SIMPLE CON GARANTIA HIPOTECARIA. CONTRATO DE. DEBE DECLARARSE LA NULIDAD DEL MISMO, SI SE DEMUESTRA QUE ES SIMULADO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 25
Si con las pruebas aportadas por las partes queda fehacientemente demostrado que un contrato de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria celebrado entre ellas, fue solamente un acto ficticio, ya que el dinero objeto del crédito nunca se entregó, debe concluirse que se está en presencia de un acto simulado, en donde las partes declararon falsamente lo que en realidad nunca existió, por lo que debe declararse la nulidad del multicitado contrato.
Precedentes
Amparo directo 4830/87. Inmobiliaria Jacobo, S.A. Acabados Estrella, S.A. y Tex-Print, S.A. 28 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón.
Amparo directo 4828/87. Tex-Print de México, S.A., Acabados Estrella, S.A. e Inmobiliaria Jacobo, S.A. 28 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón.
Amparo directo 4827/87. Acabados Estrella, S.A., Tex Print de México, S.A. e Inmobiliaria Jacobo, S.A. 28 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO SIMPLE CON GARANTIA HIPOTECARIA. DEBE DECLARARSE LA NULIDAD DEL MISMO, SI SE DEMUESTRA QUE ES SIMULADO.".