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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239425
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 41
BEBIDAS ALCOHOLICAS Y CERVEZA. LOS ARTICULOS 3o., 4o., 5o. Y 6o. DE LA LEY REGLAMENTARIA PARA ESTABLECIMIENTOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Y CERVEZA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS (VIGENTE EN EL AÑO DE 1982) SON CONSTITUCIONALES.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 41
Los artículo 3o., 4o., 5o. y 6o. de la Ley Reglamentaria para Establecimientos de Bebidas Alcohólicas y Cerveza, no es contraria al principio de igualdad, al establecer un horario específico y limitaciones determinadas a los que deben sujetarse los establecimientos de bebidas alcohólicas y cerveza a que se refiere el artículo 1o., fracción III inciso a), b) y c) y por otra parte señale un distinto horario y distintas disposiciones para establecimientos a que se refiere el artículo 1o., fracción III, inciso d), e), f) y g), pues el principio de igualdad ante la ley radica en que todos los sujetos que se encuentren en el mismo supuesto, deben recibir un tratamiento idéntico y si bien todos los establecimientos a que se refiere la fracción III, del artículo 1o. de la ley, se dedican a la venta al público de bebidas alcohólicas y cerveza, también lo es que la actividad que desarrollan unos y otros, es decir los giros comerciales, no son iguales, por lo que la venta de dichos artículos se realiza en forma distinta y por ello su reglamentación debe ser diversa.
Precedentes
Amparo en revisión 615/86. Marcelo Ortega Ortega y coagraviados. 30 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volúmenes 193-198, página 28. Amparo en revisión 1166/83. Guadalupe Garza de Lozano y coagraviados. 20 de mayo de 1985. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo.
En los Volúmenes 193-198, página 28, la tesis aparece bajo el rubro "BEBIDAS ALCOHOLICAS Y CERVEZA, ARTICULOS 3o., 4o., 5o. Y 6o. DE LA LEY REGLAMENTARIA PARA ESTABLECIMIENTOS DE, DEL ESTADO DE TAMAULIPAS (VIGENTE EN EL AÑO DE 1982) SON CONSTITUCIONALES.".