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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239432
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 46

CADUCIDAD. NO INTERRUMPE EL TERMINO RELATIVO LA PROMOCION DE UN FUNCIONARIO QUE CARECE DE LEGITIMACION PARA INTERPONER LA REVISION.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 46

Precedentes

Amparo en revisión 5916/83. Antonio Márquez González. 14 de mayo de 1986. Cinco votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Julio Ibarrola González.
Registro digital (IUS): 239432