Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/239436
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239436
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 48

CLAUSULA PENAL. VALIDEZ DE LA (LEGISLACIONES DEL ESTADO DE JALISCO Y DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 48

Precedentes

Amparo directo 387/87. Ramiro Loza Martínez. 4 de noviembre de 1987. Mayoría de cuatro votos. Disidente. José Manuel Villagordoa Lozano. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Guillermo A. Hernández Segura. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "CLAUSULA PENAL. VALIDEZ DE LA MISMA.".
Registro digital (IUS): 239436