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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239451
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 62

COMPETENCIA. NO EXISTE CONFLICTO QUE RESOLVER CUANDO EL JUEZ ANTE EL QUE SE PLANTEA LA INHIBITORIA SE NIEGA A CONOCER.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 62

Precedentes

Competencia civil 62/87. Suscitada entre el Juez Primero de lo Familiar del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México y el Juez de Primera Instancia del Ramo Civil de Acámbaro, Guanajuato. 23 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Martín Sánchez y Romero. Competencia civil 55/87. Suscitada entre el Juez Primero de lo Civil de Puebla, Puebla y el Juez Segundo de lo Civil de Guadalajara, Jalisco. 1o. de julio de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Tarcisio Obregón Lemus. Competencia civil 54/87. Suscitada entre el Juez Primero de lo Civil de Puebla, Puebla y el Juez Segundo de lo Civil de Guadalajara, Jalisco. 1o. de julio de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Tarcisio Obregón Lemus.
Registro digital (IUS): 239451