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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239463
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 69

COMPRAVENTA, RESCISION DE. SI ES RESULTADO DE LA NOVACION DE UN ARRENDAMIENTO, ESTE NO ADQUIERE NUEVA VALIDEZ.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 69

Precedentes

Amparo directo 7196/86. Marcelo Chiquiar Arias. 26 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Tarcisio Obregón Lemus. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMPRAVENTA. SI ES RESULTADO DE UNA NOVACION DE UN ARRENDAMIENTO, ESTE NO ADQUIERE NUEVA VALIDEZ SI AQUELLA SE RESCINDE.".
Registro digital (IUS): 239463