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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239470
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 73

CONCEPTOS DE VIOLACION. SON INOPERANTES CUANDO NO COMBATEN LOS ARGUMENTOS DE LA SALA RESPONSABLE PARA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo directo 1144/87. Susana Martínez Gutiérrez. 15 de junio de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION. SON INOPERANTES CUANDO NO COMBATEN LOS ARGUMENTOS DE LA SALA RESPONSABLE PARA NO CONDENAR A LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, SIN QUE EXISTA VIOLACION MANIFIESTA DE LA LEY QUE MOTIVARA LA SUPLENCIA DE LA QUEJA.".
Registro digital (IUS): 239470