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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 73
CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES. LO SON LOS QUE COMBATEN LA SENTENCIA DE PRIMER GRADO NO IMPUGNADA EN APELACION POR EL QUEJOSO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 73
Si se expresan en amparo conceptos de violación que se dirigen a combatir un fundamento de la sentencia de primer grado que había sido consentido, por no haberse hecho valer el recurso de apelación en su contra, tales conceptos deben considerarse inoperantes. Ello ocurre, por ejemplo, cuando en un asunto en el que se demanda la pérdida de la patria potestad por abandono, el Juez de Primera Instancia absuelve al demandado sin que se haga valer recurso de apelación en contra de esa determinación por la actora, misma que al reclamar en amparo la sentencia dictada en la apelación plantea argumentos ajenos a ese fallo, que atacan las consideraciones relativas a la inexistencia del abandono, ya que habían sido consentidas y que, dada la técnica del amparo, no pueden ser estudiadas en ese juicio.
Precedentes
Amparo directo 5725/86. Rufina Rivas Romero. 14 de mayo de 1987. Mayoría de tres votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Julio Ibarrola González. Engrose: Jorge Olivera Toro.