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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239480
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 78

CONSTITUCIONALIDAD DE UN ARTICULO DEL CODIGO CIVIL FEDERAL. COMPETENCIA PARA TRAMITAR UN RECURSO DE REVISION INTERPUESTO EN CONTRA DE UNA SENTENCIA DICTADA EN AMPARO DIRECTO POR UN TRIBUNAL COLEGIADO, ALEGANDOSE QUE SE EXAMINO LA. CORRESPONDE AL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE Y NO AL DE LA TERCERA SALA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 78

Precedentes

Reclamación en amparo directo 3471/86. Les Bons Vivants (Palmas), S.A. de C.V. 27 de febrero de 1987. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Alfredo Villeda Ayala. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA PARA TRAMITAR UN RECURSO DE REVISION INTERPUESTO EN CONTRA DE UNA SENTENCIA DICTADA EN AMPARO DIRECTO POR UN TRIBUNAL COLEGIADO, ALEGANDOSE QUE SE EXAMINO LA CONSTITUCIONALIDAD DE UN ARTICULO DEL CODIGO CIVIL FEDERAL. CORRESPONDE AL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE Y NO AL DE LA TERCERA SALA.".
Registro digital (IUS): 239480