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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 81
COPROPIEDAD, CONTRATO PREPARATORIO DE. CARECE DE VALIDEZ.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 81
El artículo 1858 del Código Civil para el Distrito Federal determina que los contratos que no estén especialmente reglamentados en el mismo se regirán por las reglas generales de los contratos, por las estipulaciones de las partes, y en lo que fueren omisas, por las disposiciones del contrato con el que tengan más analogía de los reglamentados en el propio ordenamiento. De acuerdo con estas reglas si se está en presencia de un documento en el que aparece un compromiso de constituir una copropiedad y de los términos empleados se deduce claramente la intención de que esa constitución se realizará en el futuro, a lo más que podría llegarse es a interpretar que se trata de un contrato preparatorio de otro innominado traslativo de dominio que dé lugar a la copropiedad. Ahora bien, si de los términos del documento aparece que no se señalaron los elementos característicos del contrato definitivo, pues sólo se específico el derecho real que se constituiría pero no la forma específica que lo originara, ni tampoco se limitó a cierto tiempo la obligación de celebrar el contrato definitivo debe concluirse que carece de validez el referido contrato preparatorio de copropiedad, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2246 del propio cuerpo legal.
Precedentes
Amparo directo 7303/85. Leonardo Rodríguez Alcaine y otro. 4 de noviembre de 1987. Mayoría de tres votos contra dos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Alfredo Gómez Molina. Engrose: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO PREPARATORIO DE COPROPIEDAD. CARECE DE VALIDEZ.".