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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239517
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 103
DEMANDA AUTO DE ADMISION. CONTRA EL PROCEDE EL RECURSO DE APELACION (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 103
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 437 del Código de Procedimientos Civiles para ese Estado, procede el recurso de apelación en contra de aquellos autos que tengan el carácter de definitivos, entendiéndose por éstos, el auto que causa un agravio que no puede repararse en la sentencia. Ahora bien, el auto por medio del cual se admite la demanda, ya sea en la vía ordinaria civil o en la sumaria civil, es un auto que tiene fuerza definitiva, puesto que establece la forma en que se tramitará el juicio, en virtud de lo cual en contra del mismo procede el recurso de apelación, por lo que si no se utiliza ese medio de defensa por la parte que considere que le causa agravio, se tendrá tácitamente consentido, sin que proceda repararse en la sentencia definitiva.
Precedentes
Amparo directo 3485/87. Universal Packing Inc. de México, S.A. 30 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "AUTO QUE DA ENTRADA A LA DEMANDA. CONTRA EL PROCEDE EL RECURSO DE APELACION (JALISCO).".