Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/239524
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239524
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 109

DESAHUCIO, JUICIO DE. LAS DETERMINACIONES QUE SE TOMEN NO IMPLICAN PRIVACION DE BIENES A QUIEN RESULTE SU LEGITIMO PROPIETARIO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 109

Precedentes

Amparo directo 6036/86. Raquel Ruiz Ramón de Suárez. 2 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ernesto Díaz Infante. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretario: Leonel Valdés García. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "JUICIO DE DESAHUCIO. LAS DETERMINACIONES QUE SE TOMEN NO IMPLICAN PRIVACION DE BIENES A QUIEN RESULTE SU LEGITIMO PROPIETARIO.".
Registro digital (IUS): 239524