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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239529
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 113

DIVORCIO ENTRE CONYUGES QUE VIVEN SEPARADOS DE COMUN ACUERDO, ES JUEZ COMPETENTE EL DEL DOMICILIO DEL DEMANDADO POR TRATARSE DE UNA ACCION DEL ESTADO CIVIL (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DE GUANAJUATO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 113

Precedentes

Competencia civil 23/86. Suscitada entre los Jueces Décimo Séptimo de lo Familiar del Distrito Federal, y Tercero de lo Civil de Irapuato, Estado de Guanajuato. 29 de enero de 1987. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA EN UN JUICIO DE DIVORCIO ENTRE CONYUGES QUE VIVEN SEPARADOS DE COMUN ACUERDO. LE CORRESPONDE AL JUEZ DEL DOMICILIO DEL DEMANDADO POR TRATARSE DE UNA ACCION DEL ESTADO CIVIL.".
Registro digital (IUS): 239529